Pueden solicitar estas ayudas las personas o empresas que sean dueñas, arrendatarias o concesionarias de empresas turísticas en Aragón, siempre y cuando estén registradas y su actividad esté clasificada bajo los códigos específicos indicados en la normativa.

En concreto las personas, físicas o jurídicas, que sean titulares, arrendatarias o concesionarias de empresas turísticas conforme a lo establecido en el artículo 33 del texto refundido de la Ley del Turismo de Aragón, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2016, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, o propietarios de edificios o locales en los que se desarrollen las actividades de dichas empresas, así como de otras actividades económicas vinculadas al sector turístico:

a) Que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado y que el establecimiento o la actividad se encuentre en Aragón.
b) Que estén dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral.
c) Y cuya actividad esté clasificada bajo alguno de los códigos de Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) indicados en la Orden.
d) Que el establecimiento o la actividad para el que se solicita la ayuda se encuentre en Aragón.
Se incluyen las empresas de turismo activo inscritas como tales en el Registro de Turismo de Aragón y se excluyen de estas ayudas las Viviendas de Uso Turístico.

No, solo los negocios que estén dentro de los códigos especificados en la normativa pueden solicitar la ayuda. Los bares y cafeterías no están incluidos.

No, solo se puede presentar una solicitud por establecimiento o actividad. Si dos personas son dueñas de un negocio, deben presentar una única solicitud conjunta.

La solicitud debe presentarse exclusivamente de manera electrónica, firmada digitalmente. Asegúrate de tener un método de identificación y firma electrónica, como el DNIe, un certificado electrónico o Cl@ve.

Tienes 3 meses desde la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón para presentar tu solicitud.

Son subvencionables aquellos proyectos que mejoren la eficiencia energética o promuevan la economía circular en tu negocio turístico. Esto incluye desde instalaciones de energía solar hasta modernización de equipos.

No, para poder solicitar la ayuda, la actividad debe estar ya registrada y en funcionamiento.

Solo es obligatorio si tu proyecto implica mejoras en la eficiencia energética (tipologías 1, 2 y 3). Si no, no es necesario.

Puedes incluir los costes relacionados directamente con las actuaciones que vas a realizar, como los gastos de gestión de la subvención y los informes necesarios. Sin embargo, hay límites en estos gastos, como un máximo del 4% del total de la ayuda solicitada para los costes de gestión.

El proyecto debe tener una inversión mínima subvencionable de 25.000 euros para poder tramitar la solicitud.

No, estas ayudas no son compatibles con otras subvenciones para el mismo proyecto, ya sean de administraciones públicas o entidades privadas.

Debes ejecutar y justificar las actuaciones antes del 31 de mayo de 2025. Esto incluye presentar toda la documentación requerida para demostrar que has realizado el proyecto según lo aprobado.

Sí, puedes anular una solicitud previa si decides presentar una nueva. Debes justificar por escrito el desistimiento de la solicitud anterior, indicando el número de expediente y el código CSV de la solicitud que deseas cancelar.

Una vez se apruebe la subvención, puedes solicitar un anticipo de hasta el 50% de la ayuda. El resto se pagará después de que justifiques la correcta ejecución del proyecto.

Aunque no necesites licencia, debes solicitar una autorización en el Ayuntamiento correspondiente, especialmente si la obra se considera menor y se puede tramitar como Comunicación Previa o Declaración Responsable.

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Cómo trabajamos

¿Hablamos? Dinos dónde está tu casa y cuáles son tus necesidades de conexión. Así es como trabajamos.

01.

Inspección

Comprobamos las coberturas de tu zona, vemos si tu domicilio es subvencionable y si la tecnología satélite es la que te conviene.
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